Quien posea los títulos de Psicólogo y de Licenciado en Psicología está habilitado para realizar las siguientes prácticas:
1) Estudiar y explorar el hecho psicológico en las distintas etapas evolutivas del sujeto, abarcando los aspectos normales y anormales.
2) Realizar acciones de orientación y asesoramiento psicológico tendientes a la promoción de la salud y la prevención de sus alteraciones.
3) Realizar tareas de diagnóstico, pronóstico y seguimiento psicológicos
4) Efectuar tratamientos psicoterapéuticos de acuerdo con diferentes modelos teóricos, específicamente psicológicos.
5) Realizar tareas de rehabilitación psicológica.
6) Construir y desarrollar métodos, técnicas e instrumentos psicológicos.
7) Realizar estudios e investigaciones en las distintas áreas y campos de la psicología.
8) Estudiar, orientar y esclarecer los conflictos interpersonales e intergrupales en el contexto de la estructura y dinámica de las instituciones.
9) Estudiar, orientar y asesorar sobre motivaciones y actitudes en el medio social y comunitario.
10) Diagnosticar, asistir, orientar y asesorar en todo lo concerniente a los aspectos psicológicos del quehacer educacional, la estructura y la dinámica de las instituciones educativas y el medio social en que éste se desarrolla.
11) Realizar orientación vocacional y ocupacional.
12) Realizar evaluaciones que permitan conocer las características psicológicas del sujeto a los fines de la selección, distribución y desarrollo de las personas que trabajan.
13) Elaborar perfiles psicológicos en diferentes ámbitos laborales a partir del análisis de puestos y tareas.
14) Realizar estudios y acciones de promoción y prevención tendientes a crear las condiciones más favorables para la educación recíproca trabajo-hombre.
15) Detectar las causas psicológicas de accidentes de trabajo, asesorar y realizar actividades tendientes a la prevención de los mismos.
16) Realizar asesoramiento y asistencia psicológica en instituciones de Derecho Público, pericias, rehabilitación del penado, tutelado, liberado y sus familiares.
17) Realizar asesoramiento y asistencia psicológica en el ámbito del Derecho Privado, adopción, tenencia de hijos, discernimiento de tutelas, guardas, separación y situaciones derivadas del derecho de familia.
18) Realizar acciones tendientes a promover la vigencia de los derechos humanos y efectuar estudios, asesorar y operar sobre las repercusiones psicológicas derivadas de la violación de los mismos.
19) Participar, desde la perspectiva psicológica, en planificación, ejecución y evaluación de planes y programas de salud y acción social.
20) Asesorar, desde la perspectiva psicológica, en la elaboración de normas jurídicas relacionadas con las distintas áreas y campos de la psicología.
Cabe aclarar: que son los únicos profesionales habilitados para realizar técnicas o tests proyectivos. (dibujo Figura Humana, Rorschach, Persona Bajo la LLuvia, Cuestionario Desiderativo, etc. )
(Según Resolución 2447 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación, Año 1985)
Agradecemos las consultas, difusión, y participación en nuestras actividades.
Atención Psicológica a niños – adolescentes – jóvenes – adultos – familias
“Asesoramiento frente a distintas dificultades en las etapas de la vida”